lunes, 10 de abril de 2017

APRENDAMOS A CONOCER NUESTROS DERECHOS

Viendo la enseñanza que nos ha dejado el módulo de derecho laboral colectivo y de talento humano, se está viviendo una situación bastante intrigante con la empresa CLARO televisión, donde su grupo de editores de programas, están bastantes indispuestos y en contra de ciertas cosas que la empresa está manifestando que por obligación se tiene que realizar. En primer lugar se les está dando una carga laboral ardua, puesto que no se les está dando una igualdad de trabajo, hay dos turnos uno en la tarde y otro en la mañana, tengo que aclarar que aparte de no tener una igualdad laboral, tampoco hay una igualdad de salario y se tiene el mismo cargo en la compañía; Quiero compartir algo que encontré en la corte constitucional de Colombia:

“PRINCIPIO A TRABAJO IGUAL SALARIO IGUAL
En reiterada jurisprudencia de ésta Corporación, se ha señalado que el derecho a la igualdad, no plantea una igualdad matemática, sino una igualdad real, que busca un trato igual a las personas que se encuentran bajo unas mismas condiciones, y que justifica un trato diferente sólo cuando se encuentran bajo distintas condiciones. Con base en éste derecho fundamental contenido en la Carta Política es que se ha dado desarrollo al principio de "a trabajo igual, salario igual". No se puede dar un trato discriminatorio entre trabajadores, que cumpliendo una misma labor con las mismas responsabilidades, sean objeto de una remuneración diferente. Al respecto cabe señalar que no se puede dejar en manos del mismo empleador, la posibilidad de que éste desarrolle criterios, subjetivos, amañados y caprichosos que pretendan justificar un trato discriminatorio entre trabajadores que desarrollan la misma actividad.

Por otro lado, cabe resaltar que dicha compañía tiene otra manera de realizar sus fórmulas para el pago de sus horas extras, puesto que por alguna razón una persona que se gana 40.000 pesos diarios, tiene el pago de una hora extra de 2.000 pesos, esto es ilógico, de igual manera público un video donde podemos aprender la fórmula para sacar sus horas extras y no dejar que esto se convierta en una costumbre para la compañía.


la compañía no tiene conocimiento de la libertad  de asociación y libertad de asociación sindical, puesto que los trabajadores de allí tienen cierto “temor” de ejercer su derecho puesto que la empresa puede remplazarlos o despedirlos, para todos ellos, quiero recordarles que esto está en la ley y está en código sustantivo de trabajo, NO PUEDEN SER DESPEDIDOS, puesto que la ley los cobija a ustedes como trabajadores, hay que seguir un protocolo de como estructurar su comité o su asociación sindical, pero tenemos que hacer respetar nuestros derechos.

E aquí una canción que me parece muy agradable compartirlas. Es de gusto personal.






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